Sentencia 125/2021 de 21 de mayo de 2021 del juzgado de primera instancia 1 de Pamplona
FALLO
Se ESTIMA, INTEGRAMENTE, la demanda formulada por XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX contra SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR EFC S.A., y en consecuencia, se DECLARA la nulidad por usurario del contrato de tarjeta “revolving” suscrito entre las partes en fecha 26 de mayo de 2012, con el consiguiente efecto de que la parte prestataria sólo está obligada a restituir a la prestamista el capital efectivamente prestado, de manera que ésta deberá restituir a la parte demandante las cantidades que, en su caso, haya abonado en exceso respecto de la cantidad efectivamente prestada, con los intereses legales correspondientes, y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.